domingo, 2 de octubre de 2011

Tacna: autoridades deciden suspender paro indefinido sin participación de movimientos sociales


En reunión a puerta cerrada autoridades tacneñas por unanimidad decidieron suspender el paro regional indefinido que debía iniciarse mañana 3 de octubre.
En conferencia de prensa, el presidente regional de Tacna, señalo que la razón principal de esta decisión es la suspensión de la audiencia pública de la Southern por parte del Ministerio de Energía y Minas publicada en el diario oficial el peruano hoy domingo.

Además señalo que la Mesa de Diálogo con el gobierno será instalada el próximo miércoles.
El alcalde de Ite, informo que fue la única autoridad que se abstuvo porque –según dijo-estaba de acuerdo con el inicio de la huelga indefinida.

Sin embargo esta decisión no habría sido bien tomada por dirigentes de la sociedad civil organizada, quienes decidieron auto convocarse y ratificar su postura de paralización indefinida.

Ministro de Energía y Minas insta a tacneños y a Southern al diálogo


El ministro de Energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi, llamó hoy a la población y a las autoridades de Tacna a la calma e informó que su portafolio ha emitido una resolución anulando la primera audiencia pública llevada a cabo con la empresa minera Southern Perú por el tema de la utilización del agua.

La resolución de anulación salió publicada este domingo en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano, anunció."Lo más conveniente para la población y la empresa es el diálogo y el Ministerio a mi cargo tiene el compromiso de efectuarlo y llevarlo a buen término, junto con otras instancias del Estado", declaró a la Agencia Andina.

El Gobierno ha instalado una mesa de trabajo sobre este tema, en la que participan los ministerios de Energía y Minas, Agricultura y Ambiente, además de la Autoridad Nacional del Agua, precisó.

"Hace unos días conversé con los ejecutivos de la minera Southern para instarles a tratar el tema del agua con las autoridades de Tacna, que están preocupadas por este tema, tanto para el agro como para el consumo humano, y dieron a conocer su disposición de diálogo", agregó Herrera Descalzi.

También los representantes de Tacna deben estar presentes en esta mesa de trabajo, insistió el ministro, quien reiteró su pedido de tranquilidad y calma a los tacneños."No presten oídos a los azuzadores de una paralización que ningún beneficio traerá para la población", remarcó.

Alcalde de Tacna: “Disposición del MEM sobre audiencia de Southern es un logro”


Para el alcalde provincial de Tacna, Fidel Carita Monroy, la disposición del Ministerio de Energía y Minas (MEM) de reemplazar la audiencia del proyecto de ampliación de Southern Perú, por una nueva cita donde se busque la mayor participación de la población sureña, es un gran logro.

La autoridad es de la posición de que no se logrará nada con protestas ni movilizaciones. "Si hacemos un análisis de las protestas de Tacna, ninguna tuvo éxito, por eso es mejor dialogar" anotó.

tacna: Gobierno pretende quebrar el paro indefinido en Tacna anunciando suspensión de audiencia pública


A través de la Resolución Viceministerial Nº 010-2011-MINEM7VNM de fecha 30 de septiembre, el Ministerio de Energía y Minas declara la nulidad del Auto Directoral Nº 426-2011-MEM-AAM que aprobó la convocatoria a la Audiencia Pública del proyecto de “Ampliación de la Concentradora Toquepala y Recrecimiento del Embalse de Relaves de Quebrada Honda” en el estadio del asentamiento minero de Toquepala,  Millsite.

Según la parte considerativa de esta resolución, el MINEM declara nulo el Auto Directoral Nº 426-2011 de fecha del 15 de septiembre, que autoriza a Southern el cambio de local para el desarrollo de su Audiencia Pública programado inicialmente en la I.E. Pinto Zeballos de Ilabaya, para pasarla al estadio Millsite de Toquepala, según el escrito Nº 212744, presentado por la minera el 14 de septiembre y que extrañamente fue resuelto en menos de 24 horas.
Sin embargo en esta misma parte considerativa el MINEM insiste en que Toquepala es centro poblado, pero sí reconoce que este “centro poblado” es propiedad de Southern y reza el documento:  “Se aprobó el cambio de local para la Audiencia Pública al Estadio Millsite, ubicada en el Área Plaza, Centro Poblado  Toquepala, distrito de Ilabaya, de propiedad de Southern, debido al desistimiento del director del colegio, sobre el local anteriormente aprobado, así como al pronunciamiento de algunas autoridades de negar ambientes de propiedad pública para realizar la audiencia”.

En esta resolución, el MINEM también opta por considerar nulo todo acto que devenga de este documento y por consiguiente también se declara sin efecto el Auto Directoral Nº 439-2011-MEM-AAM de fecha 23 de septiembre donde se convoca a la realización de una nueva Audiencia Pública.

Además reconoce que se ha vulnerado la normativa de participación ciudadana en materia ambiental, no habiéndose cumplido con convocarse esta audiencia en un centro poblado y no en asentamientos mineros. “El mismo que si bien es reconocido como punto censal para efectos estadísticos por el INE, no tiene reconocimiento de centro poblado a efectos legales, con lo cual la convocatoria no cumple con lo prescrito en el numeral 24.1 del art´. 24 de las citadas normas de participación ciudadana…situaciones que generan la ILEGALIDAD del Auto Directoral Nº 426-2011”.

También se refiere a la escasa convocatoria y difusión de este evento considerando que para cumplir la normativa tienen que transcurrir no menos de 40 días para comunicar un cambio en la audiencia, figura que por supuesto no se dio porque desde el 15 en que se cambió el local, hasta el 21 apenas transcurrieron 6 días.

Finalmente resuelve “Declarar la nulidad del Auto Directoral Nº 426 que aprobó la convocatoria a Audiencia pública y la nulidad de lo actuado a partir de dicho auto, disponiéndose de RETROTRAER todo lo actuado al momento anterior inmediato al Auto Directoral Nº 426”.

Tacna: movimientos sociales ultiman detalles para el paro indefinido


La reunión de las organizaciones de base contó con la participación y visita de los dirigentes arequipeños Pepe Julio Gutiérrez y Julio de la Cruz, quienes contaron las experiencias vividas en el valle de Tambo contra el proyecto minero Tía Maria de la empresa Southern Copper Corporation.

Antes de la reunión de los representantes de la Sociedad Civil, las autoridades sostuvieron una reunión en la que acordaron invitar a los dirigentes a una reunión a desarrollarse el día de hoy a las 15:00 hrs. en las instalaciones del Gobierno Regional, invitación que fue rechazada por la Sociedad Civil y que por el contrario, mas bien convocaron a las autoridades para que asistan a la gran asamblea popular que ellos llevarán a cabo a las 16:00 hrs. en el local de Derechos Humanos del Sur.

Finalmente ratificaron el paro indefinido para este lunes 03 de octubre, el mismo que será confirmada en la asamblea popular, donde la Sociedad Civil espera contar con la presencia de las autoridades.

sábado, 1 de octubre de 2011

Arequipa: El aporte de Southern Perú y el Puente Chilina en Arequipa

Por: Jesus Gomez Urquizo

El Gobierno Regional de Arequipa otorgó hoy la Buena Pro para la construcción del puente Chilina al consorcio conformado por Southern Perú Copper Corporation Sucursal Perú, Banco Internacional del Perú-Interbank S.A.A. y Unión de Cervecerías Peruanas Backus & Johnston S.A., por un monto de S/.109'699,729.80 soles. Southern Perú aportará aproximadamente 65 millones se soles.

Carlos Casabonne representante legal del Consorcio señaló que es una de las obras más importantes del pais que se ejecutan bajo la modalidad de impuestos por obras. Frente a ello solo hay 3 posibilidades:

1. Southern Perú no tiene operaciones en Arequipa. ¿Cual es el interés en financiar una obra de tal envergadura en Arequipa? o ¿Será que es cuenta del futuro Proyecto Minero Tía Maria?. Pero si el Proyecto Minero Tía Maria fue rechazado por el MINEM. ¿Donde quedó la lucha del pueblo de Islay? ¿El Gobierno Regional de Arequipa está traicionando al pueblo de  Islay?

2. El aporte de Southern Peru es a cuenta de los impuestos que correspondería a las regiones de Moquegua y Tacna, donde si tiene operaciones en Cuajone y Toquepala. ¿Que dirán al respecto las autoridades de estas regiones?. ¿No seria mejor invertir en Moquegua y Tacna? 

3. Southern Perú ha dejado de ser una empresa minera, para convertirse en una generosa beneficencia privada que hace donaciones a cambio de nada.

Es urgente una explicación sobre este aporte de Southern Peru.

Nuestros hijos nos acusarán (trailer)

Planeta Tierra, planeta humano



Impresionantes imágenes del planeta Tierra ofrecidas por la BBC

Flow, el negocio del agua: parte I



"Flow: For Love of Water" es un interesante documental de Irena Salina sobre el agua. Muestra, entre otras cosas, el lucrativo negocio de la privatización del agua y el papel que empresas como Nestlé, Coca-Cola o Suez tienen en ello.

Campaña contra el uso de cianuro en la minería - Parte 2



El cianuro es un elemento químico de alta peligrosidad para los ecosistemas y la población expuesta. El cianuro de sodio utilizado en la lixiviación del oro y la plata es aún mucho más peligroso. Una cantidad del tamaño de un grano de arroz puede matar una persona. Las cantidades de cianuro de sodio utilizadas en minería no se degradan totalmente ni de manera segura en el transcurso de una operación minera, pueden cambiar su composición química dificultando su detección.

Campaña contra el uso de cianuro en la minería - Parte 1



El cianuro es un elemento químico de alta peligrosidad para los ecosistemas y la población expuesta. El cianuro de sodio utilizado en la lixiviación del oro y la plata es aún mucho más peligroso. Una cantidad del tamaño de un grano de arroz puede matar una persona. Las cantidades de cianuro de sodio utilizadas en minería no se degradan totalmente ni de manera segura en el transcurso de una operación minera, pueden cambiar su composición química dificultando su detección.

Pedro y Carmen, una pequeña historia sobre los agrocombustibles

Kumi Naidoo



Ahora más que nunca tenemos la certeza de que podemos frenar el cambio climático, reduciendo las emisiones de CO2 y poniendo en marcha la [R]evolución energética.

viernes, 30 de septiembre de 2011

Bolivia: Evo M. no aprende, convoca a movilización nacional para incendiar la pradera



El presidente del Estado, Evo Morales llamó a los bolivianos a pronunciarse de forma masiva en defensa del “proceso de cambio” ante lo que considera son la intenciones de grupos particulares de impedir las profundas reformas que se están realizando en el nuevo Estado.

El mandatario aseguró que se debe mostrar la fortaleza que tiene su Gobierno a través del apoyo popular.

“Si fuera necesario hay que movilizarnos para reforzar el proceso de cambio y la revolución democrática y cultural”, dijo el presidente en una concentración realizada en el departamento de Cochabamba.

Morales criticó que líderes opositores lo lleguen a llamar “asesino” sin contar con pruebas que lo demuestren. Estas acciones, aseguró, están lejos de bajar sus ánimos porque considera que cuenta con el apoyo de los bolivianos.

"No me desmoralizan porque estoy consciente de que llegue a la Presidencia para servir al pueblo", dijo el presidente.

Sobre la situación en el TIPNIS, Evo Aseguró que la “marcha fue inventada para hacer fracasar las elecciones del 16 de octubre” y que la derecha se aprovechó para reagruparse y ahora declararse en defensa de los indígenas, cuando en el pasado los discriminaron.

“Cuando queremos hacer algo para ellos se oponen unas cuantas personas, y toda la derecha se junta, ahora todos son indigenistas, todos son tipnistas, sin saber como viven nuestros hermanos indígenas”, lamentó Morales.

Bolivia: Reducida marcha indígena concluyo con silbatina e insultos



El medio día de este viernes, un grupo de campesinos marcharon en apoyo al gobierno y su proyecto de construcción de la carretera, Villa Tunari-San Ignacio de Moxos. La manifestación fue pacífica y mucho menor a la realizada el miércoles pasado, convocado por la COB y en rechazo al abuso cometido por la policía  hacia los indígenas del TIPNIS.

Durante su recorrido Fides pudo advertir que la mayoría de los manifestantes de este viernes eran ponchos rojos (campesinos del altiplano), que con su indumentaria originaria y en algunos casos interpretando música autóctona, mostraron su adhesión al gobierno, aunque en algunos sectores fueron abucheados en su recorrido, bordeando Plaza Murillo.

El abucheo

Con consignas como “Evo no esta solo car…”, el contingente de campesinos llegó a la Avenida Mariscal Santa Cruz y al llegar a la calle Almirante Graún, la gente comenzó a abuchear, los transeúntes esporádicos se sumaron, hasta lograr desviar la marcha a la zona de San Pedro.

Insultos, silbidos, palabras como “¡Asesinos!” y otros improperios, salían de la gente que salía de las oficinas o transitaba en el lugar, hacia los indígenas que no encontraron otra que salir de la avenida principal donde total las medidas de protestas se realizan. Esta no pudo hacer todo su recorrido. (Ver video).

En el choque, afortunadamente no se produjeron peleas, aunque los improperios exaltaron los ánimos y se produjeron varios amagues entre citadinos e indígenas, tal y como lo muestra el video.

Bolivia, Evo, TIPNIS: los límites de la estrategia neo-extractivista


Los indígenas del TIPNIS (a la vez territorio indígena y parque nacional) se habían venido manifestando en contra de la construcción de una carretera que atraviesa la zona para facilitar las comunicaciones entre el Beni amazónico (frontera con Brasil) y el Chapare cocalero (acceso a Cochabamba y La Paz). El Presidente Morales declaró que la carretera se hacía si o si, por ser de interés nacional.

Los indígenas del TIPNIS iniciaron una larga marcha hacia La Paz, demandando que se les escuche, que no se haga la carretera. El gobierno disolvió la marcha indígena con uso de la fuerza, con heridos y detenidos. Se habla de un bebe fallecido por los gases lacrimógenos, información que todavía debe ser confirmada.

Parte de los detenidos fueron liberados por la población local; los indígenas decidieron seguir con la marcha; renunciaron la Ministra de Defensa y el de Gobierno así como el Vice Ministro del Interior y varios otros manifestaron su incomodidad. Protestas en varias ciudades y nuevos grupos indígenas que inician sus propias marchas para apoyar a los de TIPNIS. La Central Obrera Boliviana anuncia paro nacional y organizaciones indígenas y grupos radicalizados piden la renuncia de Morales.

El Presidente Morales en Mensaje a la Nacional deplora los hechos, critica el uso de la fuerza excesiva y anuncia la paralización de la obra y la convocatoria a un referéndum en Beni y Chapare para que la población decida.

Los indígenas rechazan ese referéndum, que incluiría a la población cocalera del Chapare directamente interesada en la carretera y con nulo interés en TIPNIS como tal, y exigen la suspensión definitiva de la obra.

¿Qué hay detrás de todo esto?

En un primer nivel, hay un tema de autoridad y normatividad. La Constitución Plurinacional incluye el derecho a la consulta previa, libre e informada, pero este derecho no se ha legislado, reglamentado, no se aplica. Y el Presidente considera que al ser esta carretera de interés nacional, le toca tomar la decisión a él, y no a los indígenas que habitan ese territorio.

En un segundo nivel, hay un tema de subordinación al Brasil. La carretera en cuestión es parte de la estrategia IIRSA, que –en buena parte- busca conectar por vías terrestres y fluviales al Brasil con los puertos del Pacífico, a través de Bolivia, Perú y Ecuador. De hecho, Brasil hizo el préstamo a Bolivia para que la carretera la construya una empresa brasilera. Y además TIPNIS, pese a ser parque nacional y territorio indígena, ya está concesionado en buena parte para exploración petrolera y gasífera, y la principal concesionaria es Petrobras.

En un tercer nivel, hay un tema de visión de país y estrategia de desarrollo. 

Eduardo Gudynas ha analizado las políticas públicas de los gobiernos progresistas de la región que han nacionalizado la renta (Ecuador y Bolivia) e incluso la industria como tal (Venezuela), y los ha caracterizado como Neo Extractivismo. El análisis es certero. Después de tumbarse al gobierno anterior por entreguista, el Gobierno de Evo Morales nacionalizó la renta del gas y renegoció los contratos con las grandes empresas extranjeras y relanzó la estatal YPFB. Pero en el camino, profundizó la dependencia económica de Bolivia respecto del  gas, a lo que se añade que hoy el Gobierno Boliviano depende políticamente del gas más que los gobiernos neoliberales que lo precedieron.

¿Salidas?

En lo inmediato parece que la única sería parar esa carretera. Pero el Presidente Morales quiere hacer un referéndum en el que puedan votar también los cocaleros del Chapare que se beneficiaran de esa carretera.  Sería como consultar a los mineros ilegales de Madre de Dios sobre si abrir o no Bahuaja Sonene! En todo caso, los indígenas del TIPNIS y todos los que se ha sumado a la protesta rechazan esta alternativa. Veremos qué pasa.

En el mediano plazo, hay que revisar el IIRSA y hay que repensar la estrategia general de más gas o muerte. Habrá que pensar seriamente en nuevas dinámicas económicas que ofrezcan alternativas de generación de empleo, renta, divisas y energía.  Es decir, en políticas públicas que hagan la posible hacia situaciones post extractivistas.

Desde el Perú, conviene mirarnos en el espejo boliviano. ¿Cuál es nuestra perspectiva, en que nos estamos embarcando? ¿Más actividad extractiva para más renta? Los ministros de Economía y de Energía y Minas han asegurado repetidamente que las nuevas inversiones mineras nos garantizarán los 3 mil millones de soles anunciados en nuevos aportes del sector. Pero el paquete de nuevas inversiones incluye, por ejemplo, Rio Blanco y Tia Maria, proyectos ya rechazados por las poblaciones locales. Al final, ¿que tendrá prioridad? ¿La búsqueda de renta o la protección del medio ambiente y las opciones propias de las poblaciones locales?

Declaran a Áncash región libre de transgénicos



Mediante ordenanza N.° 008-2011 publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Gobierno Regional de Áncash declaró a ese departamento como zona libre de cultivos transgénicos y productos contaminados, con el propósito de conservar su rica biodiversidad y pisos ecológicos.

La norma señala que la zona es cuna de la domesticación de plantas de la civilización andina y pionera de la revolución agrícola en América. Refiere asimismo que Áncash posee importantes fuentes hídricas como los ríos Santa, Fortaleza, Nepeña, Pativilca y otros que garantizan el desarrollo de proyectos de agropecuarios de envergadura como Chinecas, entre otras potencialidades.

“Áncash ha demostrado la capacidad de dominio de los pisos ecológicos desde las etapas preincas e incas hasta la actualidad. Actualmente, el manejo de los espacios ecológicos es clave para la producción agrícola y pecuaria”, indica el documento.

Se señala además que la dotación de recursos naturales en el departamento otorga ventajas comparativas, las que con un desarrollo adecuado de la infraestructura económica y social permitirán lograr la competitividad regional.
La disposición prohíbe acciones relativas al cultivo, manipulación, almacenamiento, intercambio, uso confinado y comercialización de organismos genéticamente modificados (OGM), también conocidos como transgénicos.

Indica también que se formará una comisión integrada por comunidades campesinas, universidades y sociedad para iniciar investigaciones sobre las potencialidades ecológicas, botánicas, zoológicas e hídricas, así como la evaluación de los riesgos ambientales, culturales y socioeconómicos ante los transgénicos.

El grupo de trabajo impulsará eventos regionales que promocionen productos naturales y orgánicos en base a los conocimientos tradicionales asociados de las comunidades campesinas interrelacionadas con la conservación del medio ambiente, recuperación de cultivos nativos, artesanía, textilería, gastronomía, entre otros rubros.

Fuente: Info Region, Agencia de Prensa ambiental

Interpelación: Aída García Naranjo sería la primera ministra en caer



La bancada fujimorista presentó esta tarde una moción multipartidaria para interpelar a la ministra de la Mujer, Aída García Naranjo, por la muerte de tres niños tras consumir alimentos del Pronaa, en Cajamarca.

Se informó que la moción reúne más de 20 firmas (de legisladores de Fuerza 2011, Alianza por el Gran Cambio y Concertación Parlamentaria) y busca que la ministra dé explicaciones sobre su actuación tras la intoxicación masiva ocurrida en la localidad de Redondo.

El presidente de la Comisión de Salud, el fujimorista Segundo Tapia Bernal, argumentó en rueda de prensa las motivaciones de este iniciativa.

“Hay niños peruanos muertos y tiene que existir un responsable político que en este caso es la ministra (...) la primera coartada fue echarle la culpa a las madres, ahora solo se pretende reorganizar el Pronaa (...) la ministra ha bailado perreo con un futbolista, practicamente sobre la tumba de los niños envenenados”, señaló Tapia, electo por Cajamarca.

También lamentó que algunos congresistas oficialistas hayan manifestado que no hay motivo para que renuncie la titular del sector.

UNA SOBREACTUACIÓN
Daniel Abugattas, el pedido de interpelación es una “sobreactuación” ya que ello “no solucionará el problema de raíz”.

Para el presidente del Congreso,

“Me parece que están sobreactuando, no estoy minimizando las muertes sino que está claramente determinado dónde están los responsables. La ministra es responsable del sector, pero la forma de cómo se viene manejando los alimentos del Pronaa viene desde hace más de diez años”, afirmó en declaraciones recogidas por “Canal N”.

También comentó que una interpelación “no es una censura, es pedir a un ministro que venga a explicar. Eso no es pecado mortal, ella tendrá que venir y dar explicaciones”, agregó.

Tacna: Ministerio Público amedrenta a autoridades e intentan frustrar la paralización de 3 de octubre


A través de una resolución fiscal enviado a los medios de comunicación, el Ministerio Público advierte a las autoridades sobre los delitos en los que incurrirían de llevarse a cabo este lunes 3 de octubre la programada paralización contra Southern. Y aunque intenta disfrazar sus advertencias con 'recomendaciones' y 'exhortaciones' la posición es clara: amedrentar a las autoridades con denuncias claramente tipificadas. 'Que se abstengan de realizar actos que pongan en riesgo la vida y la integridad de las personas, que alteren el orden y la tranquilidad pública, que pongan en riesgo el funcionamiento de los medios de transporte y que pongan en riesgo o dañen el patrimonio público o privado'.

En lo que podría ser considerado una clara muestra de amedrentamiento a las autoridades, el Ministerio Público envió esta tarde a los medios de comunicación la Resolución Fiscal Nº 939-2011-MP-FPPDYMA de la Fiscalía de Prevención del Delito, emitido respecto a la anunciada paralización indefinido del próximo 03 de octubre. El documento –dice la fiscalía- se remite “para dar cumplimiento a las recomendaciones y exhortaciones emitidas en procura de garantizar la paz social”.

Luego de una serie de argumentos y explicaciones, el Ministerio Público concluye en “recomendar” a “Tito Guillermo Chocano Olivera (Presidente Regional de Tacna), Iván Pérez Cárdenas (Consejero Regional), Román Carrillo Aquino (Consejero Regional por Candarave), Demesio Llaca Osco (Alcalde de Ilabaya), Gerardo Marón laque (Alcalde de Candarave),  Pedro Pablo Jinchuña Flores (Alcalde del Distrito de Cairani), Wilfredo Vargas Cotrado (Alcalde de Huanuara), Víctor Gutiérrez Mamani (Presidente del Frente de Defensa Pampa Sitana), Aurelio F. Paria Gallegos (Presidente del Frente de Defensa de Ilabaya), Fernando Chambe Catacora (Presidente de la Junta de Regantes de la Provincia de Candarave), Wilfredo Guillermo Mendoza Loza (Presidente de la Junta de Usuarios de Riego del Valle Tacna), Alex Pacci Reinoso (Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Construcción Civil - Base Tacna), Serapio Filomeno Ramos Nina (Presidente del Frente de Defensa de la Cabecera de Cuenca del Río Toquepala), Jesús Laura Flores, Presidente de la Junta Directiva del Frente Amplio de Defensa de los Intereses de Tacna así como a los convocados y participantes del Paro Regional Indefinido de Tacna que podría desarrollarse a partir del 03 de octubre del 2011, para que, por si o a través de terceros dispongan o ejecuten las instrucciones y/o acciones necesarias para que, durante la paralización convocada, se abstengan de  realizar actos que pongan en riesgo la vida y la integridad de las personas, que alteren el orden y la tranquilidad pública, que pongan en riesgo el funcionamiento de los medios de transporte y que pongan en riesgo o dañen el patrimonio público o privado”.

Pero ahí no queda la advertencia, en su tercera conclusión el Ministerio Público vuelve a “recomendar” pero esta vez a la Gobernadora de Tacna, para que “dentro de sus atribuciones procure facilitar el diálogo y búsqueda de soluciones con el Poder Ejecutivo a fin de prevenir y evitar conflictos sociales en la región de Tacna”

Y finalmente “exhorta a la Policía Nacional del Perú, por intermedio del señor Jefe de la Región Policial Tacna, para que el personal policial en cumplimiento de sus funciones y respetando estrictamente los derechos de los ciudadanos, estén en alerta respecto al paro preventivo regional convocado para el 03 de octubre del 2011 en la región Tacna, en consecuencia, se brinden las garantías correspondientes y adopten las medidas preventivas necesarias para evitar la alteración del orden público y que se atente contra la vida y la integridad de las personas y el patrimonio público o privado”.

Sin duda esta medida, no vista nunca antes en otra paralización anunciada, tendría como principal finalidad no solo “recomendar” y “exhortar” sino principalmente coaccionar a las autoridades para que el paro previsto para este lunes contra Southern no tenga éxito.

jueves, 29 de septiembre de 2011

Chávez desmiente rumores y critica laboratorios de guerra psicológica



Con un guante de béisbol en una mano, y una pelota en la otra, el presidente de Hugo Chávez salió a hacerle frente a los rumores que circularon en las últimas horas sobre el deterioro de su estado de salud.

La noticia, divulgada por el diario estadounidense El Nuevo Herald, fue desmentida por el mandatario en la mañana del jueves a través de un contacto telefónico con el canal estatal y más adelante en el día cuando, en cadena de radio y televisión, apareció en el Palacio de Miraflores vestido con ropa deportiva a hacer una breve sesión de entrenamiento.

TLC con Chile discrimina a empresas peruanas


Perú maltratado
(1) El ex canciller Manuel Rodríguez reitera que el TLC con Chile se ha puesto en vigencia mediante un procedimiento inconstitucional. (2) Las empresas peruanas han recibido un trato discriminatorio.

No cabe duda jurídica de que el tratado de libre comercio entre el Perú y Chile requiere la aprobación del Congreso, conforme lo establecido en el Art. 56 de la Constitución. No hay duda tampoco de la infracción constitucional que tipifica el hecho de haberlo puesto en vigencia sin este requisito.

El gobierno ha puesto en vigencia el TLC con Chile a través del D.S. N.º 10 -2009 - MINCETUR, cuyo artículo resolutivo número 1 dice: “Póngase en vigencia y ejecución a partir del 1 de marzo de 2009 el Acuerdo de Libre Comercio Perú – Chile, cuyo texto íntegro será publicado en el portal electrónico del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”.

La discusión sobre si se trata o no de un acuerdo de libre comercio queda absolutamente superada con el texto del citado dispositivo legal. No hay ninguna duda de que es un tratado de libre comercio, como lo reconoce el propio gobierno en el D.S. 10-2009, como está consignado en la denominación oficial del tratado y como se deriva de la naturaleza y alcance de sus disposiciones, que establecen un área de libre comercio entre el Perú y Chile.

Requisitos mínimos

La negociación, suscripción y puesta en vigencia de tratados de libre comercio es conveniente para el país siempre que se cumplan tres condiciones: 1) Que el procedimiento utilizado para su aprobación y ratificación no viole los artículos 56 y 57 de la Constitución. 2) Que no contengan cláusulas que establezcan obligaciones anticonstitucionales. 3) Que las obligaciones contraídas en sus cláusulas sean equitativas, resguarden los intereses del Estado y la sociedad y no sean discriminatorias contra las empresas peruanas.
Estos son los requisititos mínimos. Por cierto, una buena negociación debe ir más allá y maximizar los beneficios dentro del riguroso cumplimiento del principio de legalidad.

Lamentablemente, el TLC con Chile no cumple con estos tres requisitos mínimos de legalidad y resguardo de los intereses del Estado y las empresas peruanas. Se ha puesto en vigencia bajo un procedimiento inconstitucional, contiene en lo sustantivo cláusulas que son inconstitucionales, no resguarda los requerimientos de la defensa nacional y es discriminatorio contra las inversiones peruanas en Chile.

Inconstitucional

¿Por qué el procedimiento de aprobación es inconstitucional?

El gobierno ha señalado que no remitió el tratado al Congreso para su debate y aprobación porque se trataría de un “tratado derivado” o “un “tratado ejecutivo”, conforme al Art. 57 de la Constitución. Pero el artículo 57 no hace referencia alguna a tratados ejecutivos o derivados y menos dispone que estos estén exentos del requisito de aprobación parlamentaria.

El texto constitucional señala que: “El Presidente de la República puede celebrar o ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso en materias no contempladas en el artículo precedente. En todos esos casos, debe dar cuenta al Congreso.”

No son pues hipotéticos tratados “ejecutivos” o derivados” los que el Art. 57 autoriza para que el Presidente de la República ratifique sin la aprobación del Congreso, sino única y exclusivamente aquellos cuyas normas no se refieren a las materias que se establecen taxativamente en el Art. 56; es decir: derechos humanos, soberanía, dominio o integridad del Estado, defensa nacional, obligaciones financieras del Estado, normas que crean, modifican o suprimen tributos y normas que exigen modificación o derogación de alguna ley y los que requieren medidas legislativas para su ejecución. Contrario sensu, conforme al Art. 56, todos los tratados que tienen normas sobre estas materias deben someterse a la discusión y aprobación del Congreso, sin excepción. Es el caso del TLC con Chile.

Las cláusulas del TLC que se refieren a las materias establecidas en el Art. 56 de la Constitución, entre otras, son.

a. Soberanía, dominio e integridad del Estado: el Art. 2.2 del TLC establece una definición del territorio nacional. Las competencias de soberanía y jurisdicción del Estado se ejercen en el ámbito del territorio de la República. Además —y ésta es una violación sustantiva de la Constitución— esa definición es distinta a la del texto constitucional, sustituye el concepto de “dominio marítimo” por el de “espacios marítimos”.

b. La jurisdicción de la administración de justicia y de la aplicación de las leyes nacionales, es una expresión de las competencias territoriales de la soberanía del Estado. El Capítulo 16 del TLC, relativo a la solución de controversias Estado- Estado, elimina la competencia jurisdiccional de los jueces peruanos y la sustituye por el arbitraje. El Art. 11. 22 sustrae de la jurisdicción nacional la legitimad de acción de las empresas ante los jueces peruanos, pues remite directamente al arbitraje, crea una excepción a la competencia territorial de la soberanía del Estado y a la aplicación de la ley nacional.

c. Defensa Nacional: el Artículo 17.2 se refiere a aspectos de la seguridad nacional, aunque el capítulo se denomina curiosamente “seguridad esencial”. Es impresionante que sus normas sean muy generales, contrastando con el carácter específico y concreto de las excepciones por seguridad nacional, con esa denominación, que contienen los tratados de libre comercio suscritos por Chile con México y CentroAmérica. ¿Por qué no se siguió el mismo camino en el caso del Perú?.

d. Obligaciones financieras del Estado: los capítulos 11 y 16 establecen obligaciones financieras para el estado peruano en los casos de compensación en los procesos arbitrales y de pago del costo de los tribunales arbitrales.
e. Normas que crean, modifican o suprimen tributos: el Art. 3 .2 establece la obligación de suprimir o disminuir gravámenes, el Art. 17.3 contiene normas sobre tributación.

f. Normas que exigen modificación o derogación de alguna ley y que requieren medidas legislativas para su ejecución: el Art. 19.4 establece la obligación de modificar y aprobar todas las leyes que sean necesarias para ejecutar el tratado.

Sin duda alguna


No cabe duda jurídica de que el tratado de libre comercio entre el Perú y Chile requiere la aprobación del Congreso, conforme lo establecido en el Art. 56 de la Constitución. No hay duda tampoco de la infracción constitucional que tipifica el hecho de haberlo puesto en vigencia sin este requisito.
El tratado, además, contiene normas que infringen la Constitución desde el punto de vista sustantivo. El Art. 70 de la Constitución establece como causales de expropiación “la seguridad nacional” o la “necesidad pública”. El Art. 11.10 del TLC sólo reconoce la causal de “utilidad o propósito público”, elimina la causal de “seguridad nacional”. Esta cláusula, que modifica la Constitución, es tanto más grave si se considera que los tratados prevalecen sobre el texto constitucional. De subsistir la norma, el estado peruano estará facultado para expropiar por “seguridad nacional” toda empresa o inversión proveniente de cualquier país del mundo (mandato constitucional), menos en los casos de inversiones Chilenas  (mandato del TLC).

Manuel Rodríguez Cuadros*
* Ex ministro de Relaciones Exteriores y Embajador. El texto corresponde a una declaración sobre el crucial tema que publicamos el lunes 2 y que consideramos importante reproducir.

Perú: Minera Kuri Kullo otorga 5% de su proyecto a comunidad campesina afectada


Por Luis Roel Alva

29 de setiembre, 2011.- Un caso interesante se ha presentado esta semana en medio del Foro Minero realizado en Arequipa PERUMIN 30 – Convención Minera 2011(1). La Compañía Minera Kuri Kullu SA(2), que tiene un proyecto para desarrollar una mina de oro subterránea y una planta integrada de tratamiento para producir más de 100 mil onzas de oro en Puno, se ha comprometido, mediante un convenio con la Comunidad de Ollachea, ubicada en la provincia de Carabaya, en la región de Puno, a otorgarle el 5% del proyecto cuando la empresa ponga en marcha la producción de la mina. Esta la primera vez que se suscribe un acuerdo de esta naturaleza en el Perú(3).

En efecto, este convenio suscrito entre esta empresa minera y la comunidad campesina de Ollachea es un gran paso y un gran ejemplo de lo que debería ser el cumplimiento de un derecho que viene siendo vulnerado por el Estado peruano. Nos referimos al derecho de los pueblos indígenas a compartir beneficios de la explotación de sus tierras, el mismo que se encuentra contenido en el artículo 15º del Convenio 169 de la OIT, definido por la jurisprudencia del TC como el principio de compartir beneficios, y que, según la jurisprudencia de la Corte IDH, es condición para la explotación de recursos naturales en territorio de los pueblos indígenas.

El derecho de los pueblos indígenas a beneficiarse de las ganancias obtenidas que reporta la explotación de los recursos naturales ubicados en sus territorios, al estar contenido en el artículo 15º del Convenio 169 de la OIT, ostenta rango constitucional(4) y, como ya hemos mencionado, este ha sido desarrollado por la jurisprudencia vinculante del Tribunal Constitucional(5) en los fundamentos 52 y 53 de la sentencia 00022-2009-PI(6).

Asimismo, la obligación de los Estados de compartir beneficios ha sido también reiterada por la jurisprudencia vinculante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos(7), cuando ha señalado, como condición para la explotación de recursos naturales en territorio indígena, la obligación del Estado de “garantizar que los miembros del pueblo […] se beneficien razonablemente del plan que se lleve a cabo dentro de su territorio(8)”.

No debemos de olvidar que la aplicación directa por los jueces nacionales y, en general por los funcionarios públicos, de los estándares desarrollados por la Corte IDH, ha sido reconocida por la propia Corte(9) y por el mismo TC(10).

Por este motivo, es importante resaltar esta noticia, puesto que hasta que el Estado peruano cumpla con desarrollar legislativamente este derecho (como lo hizo con el derecho a la consulta previa), los pueblos indígenas no podrán participar de los beneficios económicos que resulten de la explotación de sus tierras y estas iniciativas de las empresas privadas permiten contrarrestar los efectos de esta desobediencia estatal.

Esto es aún más alarmante porque, según la ONG DAR, el Estado peruano ha otorgado lotes de hidrocarburos en más del 70% del territorio amazónico sin consulta alguna a los pueblos indígenas que lo habitan(11). Otro tanto ocurre en minería, por no hablar de concesiones forestales.

Además, de acuerdo a la información proporcionada por el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), en la Oficina de Derechos Humanos y Medio Ambiente de Puno, al 31 de marzo del año 2011, existen 2017 petitorios formulados, los cuales abarcan un total de 2´620,349 hectáreas, lo cual equivale a 39% del territorio total de Puno. Si sumamos ambas cifras, tenemos que el 63% aproximadamente del territorio de Puno o ha sido concesionado o lo será pronto(12).

Cabe decir que el canon no forma parte de los beneficios que deben de percibir los pueblos indígenas por la explotación de sus tierras. El canon está previsto en el artículo 77° de la Constitución Política, que explica que: “(…) corresponden a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participación adecuada del total de los Ingresos y Rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona, en calidad de canon”.

Asimismo, está regulado por la Ley del Canon (N° 27506), promulgada en julio del 2001, y sus modificatorias, así como por su Reglamento, aprobado vía Decreto Supremo N° 005-2002-EF en enero del 2002, y sus modificatorias. En el artículo 1º de la Ley del Canon, este lo define como “(…) la participación efectiva y adecuada de la que gozan los gobiernos regionales y locales del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos naturales.”

Tanto la Constitución como la Ley del Canon entienden que las empresas privadas, que realizan actividades de explotación de recursos naturales, realizan este pago al Estado peruano, representado por el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales. Pero, este no está dirigido a los pueblos indígenas que se encuentran afectados por estas actividades de minería e hidrocarburos.

Resulta lamentable y preocupante que luego de 16 años de entrada en vigencia del Convenio 169 de la OIT en el ordenamiento jurídico nacional(13), hasta la fecha, este derecho no haya sido desarrollado legislativamente por el Congreso y reglamentariamente por el Ministerio de Energía y Minas. Ello impide y dificulta el ejercicio de este derecho de los pueblos indígenas de rango constitucional. Asimismo, debemos de entender que el derecho al comparto de beneficios de las actividades económicas, que se realizan en los territorios de los pueblos indígenas, debe de ser entendido como una retribución económica diferente al canon. Este comparto de beneficios está dirigido a los mismos pueblos indígenas, teniendo como objetivo que sean estos mismos quienes decidan qué hacer con ellos.

Notas

(1) Ver: http://www.convencionminera.com/perumin30/centro-prensa-1.html
(2) Minera Kuri Kullu SA es la filial peruana de la canadiense Minera IRL Limited.
(3) Ver:
http://www.elmuki.com/2011/07/21/minera-kuri-kullu-otorga-a-la-comunidad-ollachea-en-puno-un-5-de-su-proyecto-aurifero/
(4) Esto no solo porque así lo ha establecido la Cuarta disposición final de la Constitución y transitoria sino por la propia jurisprudencia del TC, STC. Nº 00025-2005-PI/TC y 00026-2005-PI/TC, acumulados f. j. 34.
(5) “(…) el contenido constitucionalmente protegido de los derechos reconocidos por la Ley Fundamental no sólo ha de extraerse a partir de la disposición constitucional que lo reconoce; de la interpretación de esta disposición con otras disposiciones constitucionales con las cuales pueda estar relacionada (principio de unidad de la Constitución), sino también bajo los alcances del Derecho Internacional de los Derechos Humanos”. STC. N° 4587-2004-AA/TC, f. j. 44.
(6) Asimismo, ha sido objeto de referencia en otras sentencias, como por ejemplo el fundamento 18 de la sentencia 06316-2008-PA/TC.
(7) STC. Nº 00007-2007-PI/TC, f. j. 36.
(8) Corte IDH. Caso Saramaka vs. Surinam, párr. 129.
(9) Corte IDH. Caso Almonacid Arellano y otros Vs. Chile, párr. 124
(10) STC. Nº 02798-2004-HC/TC, f. j. 8.
(11) Ver:
http://www.dar.org.pe/prensa_reglamentohidrocarb_210208.html.
(12) Ver: http://www.justiciaviva.org.pe/webpanel/doc_trabajo/doc04082011-172440.pdf.(13) El Convenio 169 tiene rango constitucional, constituye una verdadera norma jurídica, en consecuencia es de aplicabilidad inmediata, y deviene en un criterio de validez de cualquier procedimiento establecido legislativa y reglamentariamente. STC N° 4587-2004-AA/TC, f. j. 44.
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La marcha por el TIPNIS se reanuda y tres indígenas siguen “desaparecidos”


La marcha de los nativos en defensa del Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) se reanudará en las próximas horas, confirmó a la Red Erbol el presidente de la Subcentral TIPNIS, Fernando Vargas.

Los indígenas manifestaron que demandan a la administración de Evo Morales aprobar una ley específica que prohíba la construcción de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos, por el corazón de la reserva ecológica.

“La marcha (reinicia) y estaríamos viendo la parte logística (por ahora) para que en los próximos días continué la caminata rumbo a la sede de gobierno. El lugar de partida está en coordinación con el resto del grupo ubicado en San Borja”, afirmó Vargas.

En tanto, en la ciudad de Santa Cruz, Sucre, Potosí, Cochabamba y La Paz algunos universitarios y representantes de las organizaciones originarias y cívicas anunciaron sumarse a la marcha en defensa del TIPNIS.
El diputado Pedro Nuni indicó que los ánimos se encuentran muy altos, tras las muestras de apoyo con movilizaciones en todo el país. Y “evidentemente se reanuda la caminata decisión que fue tomada por los marchistas y simplemente se está ultimando detalles y la logística”, agregó.

Sino partimos ayer u hoy día es que aún estamos buscando a nuestros hermanos desaparecidos, “nos faltan tres personas y no sabemos de su paradero”, que muchos de ellos salieron del monte con sus propios esfuerzos, sostuvo Nuni.

Perú: la revolución del gas natural

ESCRIBE: JORGE MANCO ZACONETTI (Investigador UNMSM)
A pesar de los críticos del pasado reciente que, sostenían interesadamente restricciones para el consumo interno del gas natural, con el argumento de la falta de gas natural para el mercado doméstico, la evidencia empírica demuestra todo lo contrario. Se verifica un crecimiento explosivo de las ventas internas que resultan equivalentes a la demanda interna del gas, que expresada en volúmenes de barriles por día calendario se ha convertido en el principal energético consumido, desplazando al diesel o mejor al biodiesel, tal como se puede observar en el cuadro “Venta Interna de Combustibles Derivados de los Hidrocarburos 2006 al I semestre del 2011”.
El hecho económico que explica el posicionamiento de gas natural como el combustible de mayor demanda se explica, sobre todo, por el llamado “efecto Camisea”, que con el gas natural del lote 88 que se vende a un precio en boca de pozo absurdamente barato, a un precio regulado que en la práctica constituye un subsidio que favorece principalmente a las empresas de generación eléctrica que el ministro del sector pareciera interesadamente ignorar.
En verdad, la renegociación de los precios del gas natural efectuada en el segundo semestre del 2006, durante el gobierno del presidente Alan García, modificó la determinación de los precios del gas natural del lote 88, que en el contrato original dependían de una canasta de precios de los llamados petróleos industriales. Si se hubiera respetado la fórmula original el precio del gas natural de dicho lote sería de casi US$ 4 dólares por millón de BTU para la generación eléctrica, y no estaría por debajo de los US$ 1.70 que abonan las empresas eléctricas, que compran “gas barato para vender energía cara”.
Con la conversión efectuada, las ventas internas de gas natural expresadas en miles de barriles por día calendario se han disparado. Así, en el 2006 se vendían 30 mil barriles diarios de gas natural, este se elevó en el 2007 para alcanzar los 42 mil barriles diarios (MB/DC), para llegar a los 59 mil barriles en el 2009 y trepar a los 80 mil barriles diarios en el primer semestre del 2011.
Si bien a mediados del 2010 se inició el proceso de exportación de gas natural licuefectado en Pampa Melchorita, con el gas natural del lote 56, a través del Consorcio Perú LNG, siendo la transnacional Repsol la empresa responsable de la exportación, para la determinación de las ventas de gas natural en el mercado doméstico solamente se ha considerado la producción fiscalizada del lote 88, los volúmenes de gas asociado de la Cuenca de Talara y de la Selva Central.
El tránsito de una demanda interna en gas natural de 30 mil barriles diarios en el 2006 para trepar a los 80 mil barriles diarios al primer semestre del 2011 sería positivo si el consumo estuviese concentrado en las empresas industriales que ganarían competitividad, en el consumo residencial que permitiese a las familias ahorros en la utilización de un energético limpio, o en la sustitución del parque automotor de servicio público a diesel a cambio del gas natural.
Pero no es el caso, pues el mayor porcentaje de los 80 mil barriles diarios que constituyen las ventas de gas en el primer semestre del presente se destinan a las plantas de generación térmica que, con excepción de la unidad de generación de Ventanilla del grupo Edegel-Endesa, se utilizan en plantas de ciclo simple lo cual constituye un desperdicio por el bajo nivel de eficiencia energética (unidad Santa Rosa de Edegel, Kallpa, Enersur y Eléctrica de Piura).
En tal sentido, la quema de gas natural para la generación eléctrica tenía sentido en el despegue de una nueva industria, pero se convierte en un contrasentido cuando la rápida madurez y la proyectada masificación interna del gas se coloca en la agenda política. Peor aun cuando se postergan a la calendas griegas las posibilidades de la petroquímica básica para producir urea y nitratos.
Todos debiéramos recordar el “sesgo eléctrico” que se impuso en la década de los noventa del siglo pasado ante la debilidad del mercado interno para absorber los volúmenes de gas natural de Camisea. Incluso se prohibieron por decreto supremo la construcción de centrales hídricas, y se obligó a la empresa estatal ElectroPerú, que no tenía centrales térmicas, a la compra de más de 70 millones de pies cúbicos diarios de gas proveniente del lote 88 para asegurar una demanda mínima.
Todo ello explica ahora que la demanda interna de gas natural se ubique en el primer lugar de las ventas internas de los combustibles de hidrocarburos en el período 2006 al primer semestre del 2011, desplazando en su crecimiento al gas licuado de petróleo y al diesel que ahora ha sido sustituido por el biodiesel, como se puede observar en el cuadro respectivo.
En resumen, el efecto Camisea ha convertido al gas natural en el combustible más importante en el mercado interno desplazando al biodiesel que se importa en una gran proporción y ha ubicado al gas licuado de petróleo (GLP) en el tercer combustible en importancia con una participación en las ventas al mercado interno de 40 mil barriles diarios.
Por tanto, el crecimiento de la demanda interna de los combustibles derivados de los hidrocarburos constituye una expresión de la expansión de la economía en su conjunto, pues en el 2006 se consumían internamente 162 mil barriles diarios, en el 2008 las ventas internas subían a los 212 mil barriles diarios y a pesar de la des aceleración mundial del 2009 la demanda interna de combustibles se elevó a los 230 mil barriles diarios para trepar a los 257 mil barriles por día al primer semestre.
En tal sentido, la recuperación plena de la soberanía sobre las reservas de gas natural del lote 88 debiera asegurar en el largo plazo la autonomía energética y la masificación del gas natural hacia el sur peruano. Pero ello no justifica que se venda a precio vil el gas natural del lote 88, situación que distorsiona los precios relativos en los energéticos, subsidiando intereses privados que gozan de los favores del gobierno de turno.

miércoles, 28 de septiembre de 2011

El Salvador: protesta a favor de la despenalización del aborto


Siendo el Día por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe, mujeres salvadoreñas, pertenecientes a organizaciones feministas, alzaron su voz por la legitimación del aborto terapéutico.