Nuevo procesamiento.
Corte Suprema de Chile ratificó sentencia previa de febrero de este año, que
daba luz verde a los tribunales peruanos para juzgar a ex jefe de Estado por
homicidios que la justicia chilena considera delitos de lesa humanidad.
Redacción: Lupe Muñoz
Por
unanimidad la Corte Suprema de Chile rechazó la apelación interpuesta por la
defensa de Alberto Fujimori contra una resolución de la justicia del mismo
país, que autorizaba a la justicia peruana juzgar al ex jefe de Estado por la
masacre de seis personas en la localidad de Pativilca, en el norte de Lima.
Los
delitos imputados a Fujimori son los de homicidio calificado -que en la
legislación chilena es considerado de lesa humanidad- y asociación ilícita,
derivados de los hechos de sangre de Pativilca. Un segundo caso por peculado
fue desestimado por haber prescrito.
La
justicia peruana determinó que el asesinato registrado el 29 de enero de 1992,
lo perpetró un comando del autodenominado destacamento Colina, compuesto por
oficiales y agentes del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), cuyas
acciones criminales respondían a una cadena de mando que alcanzaba al
comandante general del Ejército, general de división EP (r) Nicolás Hermoza
Ríos; al jefe de facto de los servicios secretos, capitán EP (r) Vladimiro Montesinos
Torres, y culminaba en el jefe supremo de las Fuerzas Armadas, Alberto
Fujimori.
Fujimori,
Montesinos y Hermoza cumplen condena por las matanzas de Barrios Altos y La
Cantuta, que también perpetró el destacamento Colina, una organización criminal
que ejecutaba la nueva política antiterrorista del régimen fujimorista, que
consistía en la eliminación extrajudicial de sospechosos de pertenecer a
agrupaciones subversivas.
Los
homicidios de Pativilca fueron consumados por la misma organización que recibía
fondos y armas del Ejército con conocimiento de Fujimori, Montesinos y Hermoza,
según las respectivas sentencias judiciales (ver nota aparte).
En
febrero de este año, el magistrado chileno Ricardo Blanco acogió la solicitud
de la justicia peruana de ampliar las causales de la extradición de Fujimori de
Chile al Perú, para someterlo a proceso por la matanza de Pativilca.
La
defensa de Fujimori apeló y el expediente pasó a manos de la Segunda Sala de la
Corte Suprema chilena, que con fecha 5 de junio resolvió confirmar el fallo de
Blanco.
Es lesa humanidad
"Esta
Corte comparte lo afirmado por el sentenciador de primera instancia (Ricardo
Blanco), referido al carácter de lesa humanidad de los delitos de homicidio
calificado y asociación ilícita para delinquir, conclusión que priva de
sustento a la alegación sobre la extinción de la acción penal", como
arguyó la defensa de Fujimori.
Efectivamente,
para el tribunal chileno, el homicidio calificado, al ser considerado un delito
de lesa humanidad, es imprescriptible. Los abogados del ex presidente
sustentaron la apelación bajo el supuesto de que el homicidio calificado
atribuido a Fujimori era un delito que había prescrito.
Para
el máximo tribunal chileno, la masacre imputada a Alberto Fujimori constituye
"un ultraje a la dignidad humana", puesto que representa "una
violación grave de los derechos y libertades". En consecuencia, tiene
"carácter de imprescriptible", lo que incluye "la imposibilidad
de la amnistía".
El
presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez -uno de los vocales supremos
que confirmó la sentencia a Fujimori por los casos Barrios Altos y La Cantuta-,
refirió que si bien la justicia chilena habilitó a la magistratura peruana
procesar al ex mandatario, no había consenso sobre la manera de hacerlo.
"Sobre
este punto existen discrepancias para interpretar cómo debe ser resuelto",
indicó. “Serán los tribunales nacionales los que dirán si corresponde o no
(sentenciarlo) por lesa humanidad. Ese es un tema de doctrina en el derecho
penal. Los juristas y jueces tienen posiciones discrepantes, no voy a decir
cuál es mi punto de vista”, añadió.
En
la primera sentencia por Barrios Altos y La Cantuta, y por el secuestro del
periodista Gustavo Gorriti y del empresario Samuel Dyer, el tribunal que presidió
el magistrado César San Martín Castro precisó que los delitos de homicidio
calificado y secuestro agravado son considerados de lesa humanidad por la
jurisprudencia internacional.
La
abogada de los familiares de las seis víctimas de la masacre de Pativilca,
Gloria Cano Legua, informó que luego de la decisión de la Corte Suprema de
Chile, corresponde al Ministerio Público pronunciarse.
“Estamos
esperando que la fiscalía se pronuncie sobre la acusación, para luego pasar a
juicio oral. Se le debe tomar una instructiva a Fujimori sobre este caso",
dijo.
Banda asesina
El
ex procurador anticorrupción Joel Segura confirmó que ahora le corresponde al
Ministerio Público proseguir con el proceso.
"La
fiscalía tiene que reactivar el procedimiento en el estado en que se
encuentra.Lo que corresponde es que se abra un juicio contra Fujimori. No hay
posibilidad alguna para impedir este juicio", explicó.
Hay
otros crímenes atribuidos al destacamento Colina que se encuentran pendientes
de sentencia, como la masacre de nueve campesinos en El Santa (Chimbote, 2 de
mayo de 1992); el asesinato del periodista Pedro Yauri Bustamente (24 de junio
de 1992) y de seis miembros de la familia Ventocilla, en la misma fecha.
De
acuerdo con el ex procurador Joel Segura, dependerá de la justicia peruana, si
encuentra elementos suficientes, requerir a la Corte Suprema de Chile más
ampliaciones para juzgar a Fujimori por los homicidios mencionados.
El
29 de enero de 1992, los agentes del SIE secuestraron, torturaron con soplete y
ejecutaron a John Calderón Ríos (18), Toribio Ortiz Aponte (25), Felandro
Castillo Manrique (38), Pedro Agüero Rivera (35), Ernesto Arias Velásquez (17)
y César Rodríguez Esquivel (29). Ninguno tenía antecedentes por terrorismo. Se
supone que fue una matanza "por encargo", es decir, dispuesta por
alguna figura del régimen de Fujimori a cambio de dinero, como sucedió con la
matanza de El Santa, que sigue impune.
José
Agüero Rivera, hermano de Pedro Agüero Rivera, uno de los masacrados en
Pativilca, declaró a La República: “Para nosotros es una gran noticia, porque
después de 25 años se podría conocer la verdad y la verdad nos dará
tranquilidad. Queremos que este caso se juzgue y se sancione a los responsables
de estos crímenes. Yo perdí a mi hermano Pedro. Mi madre tiene 85 años y sigue
esperando justicia por la memoria de mi hermano”.
Y
añadió: “Ahora que todo está en manos de la justicia esperamos que actúen de
manera imparcial y correcta, que no haya impunidad. Esperamos que lleven un
proceso adecuado y que se cuente la verdad de lo que pasó ese día".
"Fallo chileno no
tendrá impacto en el indulto"
Para
la actual abogada del ex presidente Alberto Fujimori, Liza Ramos Dávila, la
autorización de la corte chilena que permitirá juzgarlo por nuevos casos de
homicidio no tendrá ninguna consecuencia en el hábeas corpus que busca su
liberación.
“Si
la justicia chilena autoriza una ampliación de extradición, eso no significa
que la justicia peruana tenga necesariamente que condenar. Se tendrá que
investigar. Yo creo que no tendría un impacto negativo en el hábeas corpus”,
según declaró en Canal N.
Actualmente,
el pedido se encuentra en apelación, tras ser rechazado en primera instancia.
Para
la letrada, la resolución de la justicia chilena respaldaría lo que sostienen
los fujimoristas: que la sentencia de 25 años fue arbitraria.
“Esta
noticia nos respalda y pone en evidencia que en la sentencia emitida contra
Alberto Fujimori no respetaron los requisitos para hablar de lesa humanidad. Lo
que está haciendo la justicia chilena es incorporar recién los temas de lesa
humanidad. Sin embargo, el ex presidente ya ha sido condenado con esa
declaración incorporada de manera arbitraria por la Corte Suprema, pero Alberto
Fujimori no ha sido condenado por lesa humanidad”.
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