martes, 14 de mayo de 2013

Cuatro opiniones sobre la consulta previa



Por Colectivo Nugkui

La Consulta Previa es sin duda uno de los procesos más decisivos para las futuras políticas estatales de índole extractivo, y lo es por lo menos dos razones: en primer momento va a demarcar el panorama para las empresas extractivistas (tanto de hidrocarburos como de minería) que han puesto sus ojos sobre los recursos que se encuentran en territorios de la amazonia y de los andes. Pero lo más importante en este proceso será la relación que el Estado peruano tratará de construir a través de esta ley con los pueblos indígenas que habitan estos territorios, y que por un demasiado largo tiempo han sido excluidos de los procesos de toma de decisiones. El éxito de esta nueva relación depende de la participación que el Estado brindará a los pueblos y del grado en el cual se verán reflejadas las decisiones y preocupaciones de la población.

En el video contrastamos cuatro distintos enfoques que consideramos importantes de tomar en cuenta;

1. Verónica Mendoza: Como congresista y miembro del grupo parlamentario representa un enfoque crítico desde el poder legislativo.

2. Iván Lanegra: Viceministro de Interculturalidad, miembro del ente rector del estado en los procesos de Consulta Previa, que presenta la visión del Viceministerio de Interculturalidad

3. Iris Olivera: Abogada de DAR (Derecho, Ambiente y Recursos) nos alcanza un enfoque técnico y legal.

4. Denis Pashanase: Miembro del Equipo Técnico de AIDESEP (Asociación Interétnica de desarrollo de la Selva Peruana) nos da a conocer la percepción de las organizaciones indígenas.

Las entrevistas, aparte de darnos un enfoque general sobre el tema, precisan información crucial en al menos tres aspectos:

-Que la aprobación arbitraria y poca transparente de la ley de Consulta Previa, acompañado de cambios en último minuto, es un impasse que las organizaciones todavía no dan por superado, aunque sus federaciones locales tendrán que enfrentar los procesos por cuestiones de pragmatismo.

-Que la Consulta Previa no puede ser implementada aisladamente sino requiere todo un conjunto de medidas que aseguran condiciones básicas para un proceso de consulta. En el caso concreto del Lote 192 (ex 1-AB) donde se realizará la primera Consulta Previa, la remediación de los pasivos ambientales y la recompensación de las familias y comunidades afectadas por la contaminación (véase link del artículo sobre contaminación del Pastaza) son requisitos mínimos para garantizar el derecho a la salud y a la vida. Recién si se encuentran garantizados estos derechos fundamentales, podemos pasar a un posible proceso de Consulta.

-Iván Lanegra, que nos brindó esta entrevista todavía en condición de Viceministro, opinó sobre el proceso de consulta en casos de concesiones entregadas anteriormente a la aprobación de la ley de Consulta Previa, un punto que ha originado múltiples debates e interpretaciones. Afirma que la Consulta también será necesaria en estos casos. Y no solo eso. Incluso proyectos que se encuentran ya en explotación tendrán que someterse a una consulta, siempre cuando implementarán una modificación al proyecto que podría tener una afectación sobre la población. Tomamos estas palabras como la posición del Viceministerio de Interculturalidad, mientras que el nuevo encargado no se pronuncia de manera alternativa.

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