Nota de Prensa Nº126 /DP/OCII/2011
· Se debe garantizar que medida responda al interés general, y salvaguarde derechos fundamentales a la salud y al ambiente
· Es fundamental fortalecer la institucionalidad sobre la materia
A través de un oficio dirigido a la Presidenta del Consejo de Ministros (PCM), María del Rosario Fernández, el Defensor del Pueblo (e), Eduardo Vega, recomendó suspender los efectos del Decreto Supremo Supremo Nº 003–2011–AG, mediante el cual el Ministerio de Agricultura ha regulado las actividades con organismos vivos modificados en el sector agrícola en el país. “Esta propuesta, Señora Presidenta, debería encaminarnos a arribar a consensos necesarios –dentro del marco regulatorio señalado– y a adoptar las correcciones y modificaciones que corresponda realizar al Decreto Supremo Nº 003-2011-AG, al margen de otros cambios que, eventualmente, se propongan a la legislación vigente”, sostuvo Vega Luna.
En consideración a la importancia que la medida tiene en el futuro del agro nacional, el representante de la Defensoría del Pueblo consideró necesario se proceda a abrir un espacio de diálogo con los distintos actores públicos y privados involucrados, en particular aquellos que han mostrado su desacuerdo con la política adoptada.
Como se recuerda, el pasado 15 de abril el portafolio de Agricultura promulgó el “Reglamento Interno Sectorial sobre Seguridad de la Biotecnología en el desarrollo de actividades con Organismos Vivos Modificados agropecuarios o forestales y/o sus productos derivados”.
Cabe agregar – sostiene el funcionario- que la biotecnología ofrece aspectos beneficiosos pero también debe reconocer la preocupación respecto de los riesgos potenciales que suscita, los cuales incluyen efectos en la salud humana y de los animales, así como consecuencias ambientales.
Más adelante se indica que, las políticas de regulación de la biotecnología deben guiarse por el principio precautorio, de modo que cuando haya indicios razonables de peligro de daño grave o irreversible al ambiente –o, a través de éste, a la salud–, la ausencia de certeza científica no se deberá utilizar como razón para no adoptar o postergar la ejecución de medidas eficaces y eficientes destinadas a evitar o reducir dicho peligro.
No menos importante se considera la necesidad de tener en cuenta que la regulación de la biotecnología debe contemplar la particular condición del Perú de ser un país caracterizado por su megadiversidad y con importantes oportunidades para el desarrollo de una agricultura orgánica.
El Oficio dirigido a la PCM contempla también la necesidad de brindar las garantías de transparencia, de una debida y oportuna información, así como de participación, para asegurar que dichas políticas no respondan a intereses particulares ni se produzcan conflictos de intereses. “Estas políticas deben responder al interés común del país, objetivo al cual habría contribuido la pre publicación de la norma objeto del pronunciamiento antes de su promulgación”, se indica.
Vega Luna sostuvo que en consideración a lo indicado, también se ha solicitado al Ministerio de Agricultura brinde información sobre el proceso sectorial que ha conducido a la aprobación del Decreto Supremo Nº 003–2011–AG.
Lima, 1 de mayo del 2011
No hay comentarios:
Publicar un comentario