El Pleno del Congreso aprobó hoy la ley que establece una moratoria de 10 años al ingreso y producción de organismos vivos modificados -conocidos como transgénicos- en el Perú, con fines de cultivo o crianza, incluidos los acuáticos, a ser liberados en el ambiente.
El documento precisa que se excluye de la norma a los transgénicos para la investigación, que se usan como productos farmacéuticos y veterinarios y que se rigen por tratados internacionales de los cuales el Perú forma parte. También para los productos importados para alimentación directa humana y animal o para su procesamiento.
La ley –aprobada con 98 votos a favor, dos abstenciones y exonerada de segunda votación– señala que el Ministerio del Ambiente es la Autoridad Nacional Competente, que se encargará de proponer y aprobar las medidas necesarias para garantizar la conservación de la biodiversidad en el país.
Asimismo, fija que los ministerios de Agricultura, Salud y Producción, y organismos adscritos a la cartera del Ambiente, en coordinación con el Ministerio Público, tendrán la misión de vigilar, ejecutar las políticas de conservación de los centros de origen y la biodiversidad, así como controlar el comercio transfronterizo. Asimismo, deja sin efecto el polémico Decreto Supremo 003, emitido en el gobierno anterior, que permite el ingreso de transgénicos al territorio nacional.
Por su parte, la Asociación Nacional de Productores de Maíz y Sorgo del Perú mostró su inconformidad y desacuerdo con la modificación al decreto supremo. "Nosotros como gremio representativo de la mayor parte del sector maicero peruano, vemos con preocupación que para la toma de este tipo de decisiones no se ha tenido en cuenta a los directos implicados: los agricultores, quienes somos los que producimos los alimentos o insumos para la alimentación", señaló.
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