Los decretos de urgencia que dicte el Ejecutivo no serán puestos en consulta entre las comunidades indígenas, según el reglamento de la Ley de Consulta Previa que se publicaría en los próximos días.
Tampoco se incluirán en este proceso las normas de carácter tributario o presupuestario, señala el texto.
Sí entrarán a consulta de las comunidades las medidas administrativas o normas legislativas “que faculten el inicio de actividades o proyectos, o que autoricen la firma de contratos, que puedan afectar los derechos colectivos de los pueblos indígenas”.
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