domingo, 4 de marzo de 2012

Perú: Pronunciamiento del Pacto de Unidad contra el reglamento de la Ley de Consulta Previa


Estado Peruano consuma violación de derechos de los pueblos indígenas, mediante la reglamentación de una inconstitucional Ley de Consulta

Las organizaciones nacionales de los pueblos indígenas que conformamos el Pacto de Unidad (Aidesep, CNA, Conacami y Onamiap), rondas campesinas, frentes regionales de defensa, organizaciones de base, organizaciones de mujeres y comunidades de la costa, los Andes y la Amazonía del Perú, luego de llevar adelante seis Talleres Macro Regionales y un Encuentro Nacional para la evaluación interna del borrador de reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo; nos dirigimos a la opinión pública nacional e internacional para expresar lo siguiente:

CONSIDERANDO: Que el presidente Ollanta Humala antes de llegar a su investidura, prometió cogobernar con los pueblos indígenas, quienes con nuestros votos defendimos su candidatura en primera y segunda vuelta; asumió ante nosotros y nosotras el teniendo el mandato histórico de resarcir las sistemáticas violaciones de derechos humanos; y que hasta el momento no ha cumplido su palabra, no garantiza un diálogo intercultural de buena fe, no atiende nuestras demandas, ni ha restituido una Institucionalidad Indígena dentro del Estado. La promesa de la “Gran Transformación” debió empezar por corregir una ley surgida en una coyuntura de profunda agresión racista.

Que la Ley N° 29785, ha costado un largo proceso de lucha de los pueblos indígenas en diferentes escenarios del Perú, además, de la muerte y derramamiento de sangre de nuestros hermanos en Bagua que dio paso a la promulgación de una “Ley de consulta” sin haber sido consultada a los propios pueblos, la misma que contiene artículos inconstitucionales que transgreden el espíritu del Convenio 169 de la OIT y no constituye un verdadero instrumento de protección de todos nuestros derechos colectivos.

Que las organizaciones de los pueblos indígenas hemos trabajado de buena fe, de manera ardua y responsable para evaluar la Ley de Consulta y el proyecto de reglamento, en seis Talleres Macro Regionales y un Encuentro Nacional, cuya conclusión fue la MODIFICATORIA de la Ley antes de su reglamentación; sin embargo el Viceministerio de Interculturalidad ha desconocido este acuerdo y ha impulsando la reglamentación de una norma inconstitucional que viola derechos sustantivos reconocidos en el Convenio 169 de la OIT y el derecho internacional; convirtiéndose en el principal operador de los intereses de la política económica neo extractivista del gobierno de turno y del sector empresarial transnacional.

POR LO QUE:

RECHAZAMOS categóricamente el “Reglamento de la Ley de Consulta”, documento UNILATERAL elaborado por el Viceministro de Interculturalidad, validada por una desigual Comisión Multisectorial de dieciocho Viceministerios con dirigentes de solo dos organizaciones, CONAP y CCP captados vergonzosamente por el Estado y las transnacionales para legitimar una norma inconstitucional, los cuales NO nos representan a los más de 10 millones de indígenas peruanos, por tanto, nos encontramos en un Estado de Derecho violatorio y atentatorio a los derechos Constitucionales, dicho “reglamento” no incluye los valiosos aportes de más de tres mil dirigentes, hombres, mujeres y jóvenes de los propios pueblos indígenas que participaron en los talleres macro regionales, los cuales han sido defraudados y traicionados.

DEMANDAMOS al Estado Peruano los 17 años de violación sistemática de nuestros derechos colectivos y EXIGIMOS el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, así mismo, que adopte y garantice la decisión de los pueblos indígenas costeros, andinos y amazónicos, quienes exigimos la MODIFICATORIA de los Artículos 1, 2, 4, 7, 15, 19 y la segunda disposición complementaria de la Ley 29785, por las razones siguientes:

Artículo 1.- Debe incluir TODA afectación, no solo “la directa” considerar toda fuente jurídica internacional, como la Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas y no solo el Convenio 169 de la OIT.

Artículo 2.- Debe proteger TODO derecho indígena, no solo los “colectivos” e INVALIDA todo acto no consultado a los pueblos.

Artículo 4.- Debe ampliar los principios de la consulta de solo 7 a los 18 concertados con el Estado en abril 2010.

Artículo 7.- Considerar indígenas a TODOS los descendientes desde antes de la colonia, y no limitarlos a los descendientes “directos” y quienes conserven “todos” los elementos culturales que excluye a las rondas campesinas y pueblos costeros.

Artículo 15.- Precisar que la “decisión final” estatal, está obligada a lograr el Consentimiento cuando se trata de megaproyectos, depósito de relaves tóxicos, desplazamientos poblacionales o se afecte la supervivencia; a una segunda etapa de diálogo; a no afectar el derecho a un medio ambiente equilibrado.

Artículo 19.- El Viceministerio de Interculturalidad no puede ser juez y parte en los reclamos sobre cuándo debe consultarse al mismo tiempo garantizar se cumplan los acuerdos; aquí se requiere de una Institucionalidad Indígena Autónoma dentro de la estructura del Estado.

Segunda Disposición Final.- Revisar y consultar los actos impuestos que hayan violado el Convenio 169 de la OIT desde 1995 y no convalidarlos, ni confundir con “participaciones”.

EXIGIMOS al Estado Peruano respete nuestro derecho de participación en la elaboración de planes, programas y proyectos de desarrollo que afecten a nuestros pueblos, garantice nuestro derecho al CONSENTIMIENTO mediante la consulta previa, libre e informada, el derecho a participar de manera efectiva en la toma de decisiones e implementación de políticas públicas, para el cual el Estado debe restituir en el menor plazo posible y de manera obligatoria una Institución Indígena Técnica Especializada, autónoma con rango Ministerial.

EXHORTAMOS a la Defensoría del Pueblo, a pronunciarse y hacer público sus informes de los talleres macro regionales y nacional realizados, demostrando así la imparcialidad conforme a Ley le corresponde como un ente defensor de la sociedad, por tanto, inicie las acciones legales de denuncias de maltrato, falta de cumplimiento de acuerdos y mala fe con que han actuado los funcionarios del Estado en los talleres macro regionales, así como la demanda de MODIFICAR los artículos de la Ley 29785.

RECHAZAMOS a aquellas organizaciones de la sociedad civil (ONG) que en la actual coyuntura se han dedicado a buscar beneficios, protagonismo individual, rédito mediático y político y alinearse con el gobierno, soslayando la verdadera agenda y demanda de los pueblos indígenas del Perú a los cuales dicen apoyar.

REPUDIAMOS a aquellos medios de prensa como el diario “La Razón” que, cuya actitud abiertamente provocadora, pretende alentar la persecución de nuestros líderes y organizaciones tildándonos como “ONG”, “anti mineras”, “extremistas”, “violentistas” entre otros calificativos, cuyo objetivo es desinformar a la opinión pública distorsionando la legitimidad y constitucionalidad de nuestras demandas.

RESPONSABILIZAMOS al Gobierno por los sucesos de violencia, represión y derramamiento de sangre, ocurridos en los conflictos que afrontan los pueblos y comunidades por proyectos que NUNCA FUERON CONSULTADOS. Dejamos constancia de la intransigencia del Estado de modificar una Ley de Consulta que debe garantizar el Estado de derecho, por lo que APELAMOS a la solidaridad nacional e internacional para afrontar esta flagrante violación de derechos humanos a nuestros pueblos, y que ahora se pretende consumar y legitimar en el Perú.

Las organizaciones nacionales Aidesep, Conacami, CNA y Onamiap, saludamos la convergencia de Femucarinap, Unca, Rondas campesinas y los Frentes de Defensa, que obedeciendo las demandas de nuestras bases, cuyos acuerdos emanan de la Asamblea Nacional realizada en Lima, del 13 al 15 de febrero, nos RATIFICAMOS EN RESPETAR sus demandas; por lo que REITERAMOS al Gobierno que a través de sus estamentos MODIFIQUE los artículos señalados de la Ley 29785; caso contrario, haremos prevalecer nuestro derecho a la AUTODETERMINACIÓN en nuestros territorios y acudiremos a las instancias jurisdiccionales nacionales e internacionales, ante esta nueva agresión de nuestros derechos colectivos.

Lima, 04 de marzo de 2012

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